La importancia de la asistencia marítima en tu seguro náutico

En el momento de contratar un seguro para embarcaciones de recreo una de las garantías más útiles que se recomienda incluir es la de asistencia en el mar ya que los gastos de reflotar, remolcar y varar un barco siniestrado suelen ser bastante elevados. Sin embargo, esta garantía no está integrada en la cobertura del seguro obligatorio de responsabilidad civil RD 607/99 de 16 de Abril por lo que se la considera garantía de contratación voluntaria.

Para que podamos identificarla bien hay que tener en cuenta que a la misma garantía se le puede llamar de varias formas: asistencia en el mar, asistencia marítima, asistencia a la embarcación, gastos de remolque y salvamento, rescate en el mar… Además, es importante que sepamos que algunas compañías de seguros ofrecen asistencia en viaje a los ocupantes de la embarcación y que ésta no debemos confundirla con el remolque y salvamento de la embarcación.
 

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Las garantías en los seguros para embarcaciones

En el caso de que nuestro seguro para embarcaciones de recreo tenga contratada la pérdida total y robo o los daños propios, entonces tendremos contratada también la garantía de remolque y salvamento. Por el contrario, si sólo hemos contratado la responsabilidad civil quizás debamos solicitar a la compañía aseguradora que nos incluya el remolque y salvamento. Esto lo haremos si no están ya integradas en el paquete básico de coberturas que ofrecen al mercado.

Además hay que tener presente que cada compañía de seguros nos ofrecerá un capital asegurado y unas garantías diferentes. Por lo tanto, dependiendo del tipo de barco y del uso que vayamos a darle, podría interesarnos una cobertura más elevada en nuestro seguro para embarcaciones de recreo. Para barcos pequeños que navegan cerca de la costa una cobertura de remolque hasta el puerto deportivo más próximo sería suficiente.

Por último, cuando hablamos de remoción de restos hacemos referencia al coste de reflotar o sacar el barco del lugar donde ha naufragado por exigencia de la autoridad marítima competente. Algunas aseguradoras la incluyen como garantía voluntaria, otras dentro de la de responsabilidad civil voluntaria y suele estar incluida cuando contratamos pérdida total y robo de la embarcación o daños propios.