Cuando participamos en regatas de vela, el primer objetivo que tenemos como navegantes es finalizarla, y el segundo es ganarla. En el mar, gran parte del cumplimiento de las normas de seguridad nos corresponden a nosotros, y al conocimiento que podamos tener en relación a los reglamentos que hay sobre esta cuestión. Pero en el ámbito de la competición existe la figura del coordinador de seguridad, que es la persona que se encarga de velar por el normal desarrollo de la regata, ya que tienen la potestad de decidir si se cumplen las condiciones óptimas para la celebración de la regata de vela.

La figura del coordinador de seguridad en las regatas a vela aparece publicada en el Real Decreto el 25 de enero de 2008 (Real Decreto 62/ 2008). El objetivo de la publicación de este documento era garantizar unas normas de protección y amparo en el desarrollo de cualquier concentración o competición náutica. Esta normativa de seguridad es, por tanto, material de intereś para cualquier club náutico, puerto o escuela de vela que organice regatas de vela.

La figura del coordinador de seguridad es fundamental

No obstante, antes de organizar una regata a vela, hay que consultar con la entidad o club organizador para conocer si la competición está sujeta al ámbito de aplicación de este Real Decreto, o bien si forma parte del capítulo de excepciones y por tanto la regata puede celebrarse sin que haya un coordinador de seguridad. Cuando se celebra una concentración náutica de carácter conmemorativo y las pruebas náutico-deportivas pueden afectar a las reservas marinas, zonas de acondicionamiento marino, zonas de repoblación marina y demás espacios protegidos, se requiere un informe previo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Sin embargo, el documento establece excepciones. Los grandes eventos deportivos, de carácter nacional o internacional, quedan exentos del cumplimiento de estas normativas de seguridad, y se rigen según las normas especiales reguladoras que sean de aplicación de acuerdo con lo que hayan establecido los organizadores.

Según el texto, el coordinador de seguridad es aquella persona que es designada por la entidad organizadora de la regata para ejercer la dirección interna del desarrollo de la concentración náutica conmemorativa o la prueba náutico-deportiva de carácter colectivo. Su objetivo es velar por el cumplimiento de las normas de seguridad y las instrucciones generales o puntuales que, en su caso, imparta la capitanía marítima. En las pruebas náutico-deportivas tiene la consideración de coordinador de seguridad el comité de regatas, cuando así se regula en la legislación sectorial que sea de aplicación a estas pruebas.

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Autorización previa para la celebración de la regatas de vela

Según este decreto ley, las concentraciones náuticas y pruebas náutico-deportivas de carácter colectivo se tienen que celebrar, de acuerdo a las condiciones de seguridad marítima. Las entidades que organizan la competición tienen que poder en conocimiento del capitán marítimo esas condiciones de seguridad, y presentar una solicitud a Capitanía de la correspondiente autorización para celebrar la regata a vela con los respectivos veleros. El plazo desde que se presenta la solicitud hasta que se entrega la autorización suele ser de unos 10 días.

Una vez que se haya recibido la autorización, el coordinador de seguridad debe comprobar que todas las embarcaciones que participan en la regata cumplen con las normas vigentes en cuanto a manenimiento y seguridad, y cuentan con todos los certificados exigibles en vigor. Además, puede retrasar o suspender la celebración de la regata en el caso de que disminuyan las condiciones de seguridad por el empeoramiento de las circunstancias meteorológicas, o porque la organización no ha dispuesto de todos los medios de salvamento necesarios.

El seguro náutico y las pólizas siempre en regla

El reglamento prevé que en una competición tienen que haber embarcaciones a motor de por lo menos 25 caballos, para acompañar a los participantes de la competición, facilitar el eventual rescate desde el agua y preservar la seguridad de la regata. Igualmente, el coordinador de seguridad tiene que mantener una reunión con los participantes antes del inicio de la regata para informar sobre las instrucciones para el desarrollo de la navegación y prevenir de los posibles peligros, de acuerdo con las indicaciones recibidas de capitanía marítima.

Antes del inicio de la competición, el coordinador debe asegurarse de que todas las embarcaciones que participan está cubiertas por las pólizas de seguro para barcos o garantías de responsabilidad correspondientes. En el hipotético caso de que durante la celebración de la regatas de vela se necesitara la ayuda de los servicios de emergencias o salvamento marítimo, el coordinador de seguridad deberá comunicarlo con capitanía marítima. Igualmente, el coordinador de seguridad debe de estar en contacto con capitanía para informar, vía radio, del inicio y de la conclusión de la competición.